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Depósito Cuentas Anuales


El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), dependiente del Ministerio de
Economía y Competitividad, puede sancionar a todas aquellas sociedades que no hayan cumplido su
obligación de depositar en el Registro Mercantil sus cuentas anuales, dentro del plazo establecido.

La sanción podrá consistir en una multa por importe de 1.200 a 60.000 euros por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, previa instrucción de expediente conforme al procedimiento establecido reglamentariamente.

Cuando la sociedad o, en su caso, el grupo de sociedades tenga un volumen de facturación anual superior a 6.000.000 euros el límite de la multa para cada año de retraso se elevará a 300.000 euros.

 

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